Conforme a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Social, la Contraloría Social constituye una práctica de transparencia, de rendición de cuentas y se convierte en un mecanismo para los beneficiarios, para que de manera organizada verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a diferentes Programas Federales.
Documentos
- Esquema
- Guía Operativa
- Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social (PATCS)
- Programa Estatal de Trabajo de Contraloría Social (PETCS
- Síntesis de las Reglas de Operación del PFCE 2016
Formatos
- Minuta de Reunión
- Acta de Registro del Comité de Contraloría Social
- Acta de Sustitución de un Integrante del Comité
- Solicitud de Información
- Cédula de Quejas y Denuncias
- Informe de Intervención Inicial 2017
- Informe de Intervención Intermedia 2017
- Informe final 2017
Manuales del SICS
- Manual de Usuario del SICS para Instancia Normativa
- Manual para el llenado y captura de documentos en el SICS
Marco Normativo
- Ley General de Desarrollo Social
- Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social
- Lineamientos Para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, 28 de Octubre de 2016
- Reglas de Operación del PROFOCIE 2016, diciembre de 2015 por Reglas de Operación del PFCE 2016, diciembre de 2015
Otros
Quejas y Denuncias
- Atención Ciudadana de la Secretaría de la Función Pública (SFP)
- Atención en la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (CGUTyP)
Informe
Directorio
- Instancia Normativa
- Instancia Ejecutora (Datos del Responsable de Contraloría Social y miembros del Comité de Contraloría Social)
-
Responsables de la Contraloría Social en el Órgano Estatal de Control (OEC)
Enlace de la Contraloría Social del PFCE en la UPZMG:
Lic. Cecilia Ledezma Ramírez
Directora de Planeación y Evaluación
Tel: (33) 3040 9900 ext. 908
Correo: contraloriasocial@upzmg.edu.mx
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado con la ley aplicable y ante la autoridad competente".